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Actualidad tributaria · Reforma tributaria · 17 de octubre de 2026 · 9 min de lectura

¿Tiene una empresa o invierte en Chile? Esto cambia con la Ley N° 21.850

La Ley N° 21.850, publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026, baja el impuesto a las empresas, elimina la restitución del crédito, libera de impuesto la ganancia en bolsa y abre varias oportunidades con plazo. Aquí le explicamos lo esencial.

¿Tiene una empresa o invierte en Chile? Esto cambia con la Ley N° 21.850
23%

Tasa del impuesto de primera categoría desde el año comercial 2029, bajando desde el 27% actual.

Lo que debe saber

¿De qué se trata?#

La Ley N° 21.850, para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social, es una ley amplia: además de impuestos, modifica normas de medio ambiente, pesca, educación superior y rentas municipales. Esta publicación trata solo sobre los cambios tributarios Ley N° 21.850, D.O. 17.10.2026.

La regla general es que sus cambios rigen desde el 1 de noviembre de 2026, el primer día del mes siguiente a su publicación. Sin embargo, varios de los más importantes tienen fechas especiales, y otros son oportunidades que solo duran unos meses.

Fechas clave#

FechaQué ocurre
22 de abril de 2026Ingresa al Congreso el proyecto que dio origen a la Ley N° 21.850.
17 de octubre de 2026Se publica la Ley N° 21.850 en el Diario Oficial.
1 de noviembre de 2026Rigen los cambios que no tienen una fecha especial.
1 de diciembre de 2026Se abren por un año la rebaja del impuesto a las donaciones y la exención de IVA en la venta de viviendas nuevas.
1 de enero de 2027Rigen la integración total (gradual), la ganancia en bolsa sin impuesto, el impuesto único para arriendos DFL 2, la exención de contribuciones para mayores de 65 años y el estatuto de invariabilidad. Parte el plazo de 12 meses para declarar bienes en el extranjero.
Abril de 2027Vencen los 180 días para pedir convenios con condonación en Tesorería.
Junio de 2027Vencen los 8 meses para pagar el impuesto sustitutivo de 10% sobre el FUR, el STUT y los retiros en exceso.
30 de noviembre de 2027Terminan la rebaja en donaciones y la exención de IVA en viviendas nuevas.
31 de diciembre de 2027Termina el plazo para declarar bienes y rentas en el extranjero.
1 de enero de 2029La tasa del impuesto de primera categoría llega a 23% y baja el PPM de las Pyme a 0,23%.

¿Qué cambia para las empresas?#

El impuesto de primera categoría baja de 27% a 23%. La ley fija una tasa única de 23% y elimina las tasas distintas que existían para el régimen general y para las Pyme. La baja es gradual y depende del año en que la empresa genera sus utilidades art. 20 LIR, modificado por Ley N° 21.850.

Tasa de primera categoría por año

En simple: Para una empresa con utilidades de CLP 100.000.000, el impuesto pasa de CLP 27.000.000 a CLP 23.000.000 al año cuando la tasa llegue a 23%. Son CLP 4.000.000 menos de impuesto anual.

Vuelve la integración total. Hoy los dueños de empresas del régimen general (14 A) deben devolver al Fisco el 35% del crédito por el impuesto que pagó la empresa —la llamada restitución. Desde el 1 de enero de 2027 esa restitución se elimina en forma gradual: será de 30% para los créditos generados en 2027, de 20% para los de 2028, y desaparece para los generados desde 2029 6° transitorio Ley N° 21.850.

Un dato práctico: como la tasa baja, los pagos provisionales mensuales (PPM) de enero a marzo de 2027, 2028 y 2029 se rebajan automáticamente en el régimen general, y desde abril se recalculan con la tasa de cada año.

¿Qué cambia para las personas e inversionistas?#

Ganancia en bolsa sin impuesto. La ganancia al vender acciones y cuotas con presencia bursátil deja de pagar el impuesto único de 10% y pasa a ser un ingreso no renta, para las ventas realizadas desde el 1 de enero de 2027. Los dividendos siguen pagando impuesto art. 107 LIR, modificado por Ley N° 21.850.

Donaciones con 50% de rebaja. Por una sola vez, el impuesto a las donaciones a favor de los herederos forzosos se rebaja a la mitad, si la escritura se firma entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2027. El monto donado no puede superar el 50% del patrimonio del donante.

Contribuciones. Desde 2027, la vivienda principal de las personas de 65 años o más queda exenta del impuesto territorial (contribuciones).

Arriendos DFL 2. Desde la tercera vivienda económica de hasta 90 m², la persona que arrienda puede optar por un impuesto único de 5% sobre el arriendo, en reemplazo de los impuestos normales, desde 2027.

Oportunidades con plazo#

Impuesto sustitutivo de 10% sobre el FUR, el STUT y los retiros en exceso. Las empresas con estos saldos al 31 de diciembre de 2025 o 2026 pueden liquidarlos pagando un impuesto único de 10%, en reemplazo de los impuestos finales que normalmente corresponderían, y sin derecho a crédito. El plazo es de 8 meses desde la publicación de la ley, es decir, hasta junio de 2027 7° transitorio Ley N° 21.850.

Declaración de bienes y rentas en el extranjero. Durante el año 2027, quienes tengan bienes o rentas en el exterior que no declararon en Chile pueden regularizarlos pagando un impuesto único de 10%. No acogerse a esta declaración voluntaria se considera una agravante si después se configura un delito tributario 8° transitorio Ley N° 21.850.

IVA en viviendas nuevas. Por un año desde el 1 de diciembre de 2026, la venta de viviendas nuevas con recepción definitiva anterior a la publicación de la ley puede hacerse sin IVA. Quienes compraron desde el 22 de abril de 2026 y pagaron IVA pueden pedir su devolución art. cuarto transitorio Ley N° 21.850.

Convenios en Tesorería. Por 180 días desde la publicación, las deudas tributarias vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025 pueden pagarse con condonación de hasta el 100% de los intereses y el 80% de las multas al contado, o hasta el 95% y el 75% en cuotas, con un pie de 10% y hasta 48 cuotas 5° transitorio Ley N° 21.850.

Otros cambios#

Dos preguntas que la norma no responde#

1. Compré acciones en 2025. Si las vendo en 2027, ¿pago el 10% o nada?

La ley dice que el cambio rige desde el 1 de enero de 2027, pero no distingue según la fecha en que se compraron las acciones. Pensamos que lo relevante es la fecha de la venta, porque es en ese momento cuando se produce la ganancia que la ley grava o libera.

Por eso, si tiene acciones con presencia bursátil y una ganancia importante, nuestra recomendación es evaluar postergar la venta hasta enero de 2027. Si vende antes de esa fecha, seguirá pagando el 10%. El SII todavía no se ha pronunciado sobre este punto.

2. Mi empresa tiene créditos acumulados hasta 2026. ¿También se liberan de la restitución?

La ley ordena usar primero los créditos acumulados hasta el 31 de diciembre de 2026, «en la forma y de acuerdo con el orden vigente» a esa fecha, y solo después los generados en 2027 y 2028. No dice expresamente qué porcentaje de restitución se aplica a esos créditos antiguos.

En nuestra opinión, la referencia a las reglas vigentes al 31 de diciembre de 2026 indica que esos créditos mantienen la restitución del 35%, y que el beneficio completo llega a medida que se agotan. Recomendamos proyectar los retiros de 2027 en adelante con ese supuesto, hasta que el SII publique sus instrucciones.

¿Qué hacer ahora?#

¿Cómo le afecta la Ley N° 21.850?

En Austral Estudios Tributarios revisamos su caso, calculamos el efecto de la nueva tasa y de la integración total, y le ayudamos a decidir a tiempo qué oportunidades le convienen.

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